¿Qué es un dron? UAV, UAS, RPA y RPAS


Repasemos los conceptos básicos

A la hora de buscar información referente a los drons, es posible que rápidamente nos sintamos abrumados o confundidos al toparnos con siglas y terminología que no sepamos a qué hacen referencia. Existen toda una serie de términos que, si bien pueden ser equivalentes en algunos contextos, es importante que entendamos que no significan lo mismo.

Así pues, los términos con los que nos encontraremos con más frecuencia serán: “UAV”(unmaned aerial vehicle), “UAS” (unmaned aerial system), “RPA”/“RPAs” (remotely piloted aircraft) y “RPAS” (remotely piloted aircraft system).

  • UAV, por sus siglas en inglés “unmaned aircraft vehicle”, o lo que es lo mismo, cualquier vehículo aéreo no tripulado por un ser humano. Por esto mismo, por su significado más general, es un término que se usa muy frecuentemente para hacer referencia al dron. Engloba todo tipo de drones, tanto los que son dirigidos mediante un programa informático o un ordenador, como aquellos que son dirigidos por un piloto humano.

  • UAS, por sus siglas en inglés “unmaned aerial system”, no debemos confundirlo con el término anterior. Un sistema de aeronave no tripulada es una aeronave no tripulada y el equipo necesario para el funcionamiento seguro y eficiente de dicha aeronave. Una aeronave no tripulada, es decir, la UAV es un componente de un UAS.

  • RPA, por sus siglas en inglés “remotely piloted aircraft”. Según el Real Decreto 1036/2017 del 15 de diciembre es el término que se utiliza para designar una aeronave no tripulada, dirigida a distancia desde una estación de pilotaje remoto. Se trataría, básicamente para que nos entendamos, de uno de los tipos de UAV. Muchas veces, cuando hablamos de estas naves en plural, se denominan RPAs y no debemos confundirlo con el siguiente y último término.

  • RPAS, por sus siglas en inglés “remotely piloted aircraft system”. Un poquito como la diferencia entre UAV y UAS, cuando hablamos de todo el sistema que hace necesario para poner en funcionamiento las aeronaves (enlace de comunicaciones, estación en tierra etc.).

Drones: tipos y pesos.

Los drones se clasifican en diferentes categorías dependiendo de su peso y características. Según la información de la AESA (Agencia Estatal de Seguridad Aérea) y la EASA (Agencia Europea de Seguridad Aérea), de las cuales ya os hablamos en otro post, podemos encontrar tres clasificaciones principales:

dron menos 250g

Drones de menos de 250 gramos: estos drones suelen ser considerados de bajo riesgo y pueden ser utilizados de forma recreativa sin necesidad de autorización especial en la mayoría de los casos. Es preciso destacar que todos los drones de este tipo que no estén clasificados como “juguetes” están sujetos a normativa. Para más información acerca de la regulación para volar este tipo de drons consulta nuestra entrada “Requisitos para pilotar un dron en España”.

dron entre 250g y 25 kg

Drones de entre 250 gramos y 25 kilogramos: en esta categoría se encuentran la mayoría de los drones comerciales y recreativos. Para utilizar este tipo de drones es necesario cumplir con ciertos requisitos y en algunos casos obtener permisos específicos según la normativa de cada país.

dron más de 25kg

Drones de más de 25 kilogramos: estos drones suelen ser de uso profesional o para aplicaciones especiales. Para operar drones de este peso se requiere de una certificación especial, así como cumplir con normativas más estrictas en términos de seguridad y operación.

Marcado de clase

Recordemos que tras la entrada en vigor de la nueva normativa del 1 de enero de 2024, la aeronave debe llevar incorporado un etiquetado que debe incluir, antes de introducirse en el mercado, la siguiente información:

  • Marcado CE en el producto o en una placa de datos fijada al mismo.

  • Etiqueta de identificación de clase de UA.

  • Indicación de nivel de potencia sonora.

  • Número de identificación del organismo notificado, si aplica.

El marcado de clase, dependiendo de las características del UAV será el siguiente:

Seguro de responsabilidad civil con daños a terceros

Ten en cuenta que de acuerdo con la Ley de Navegación Aérea y a la espera de la entrada en vigor del Real Decreto de UAS (en el que está pendiente que se exima del requisito de asegurar los UAS de clase C0 y aquellos sin marcado de clase con MTOM inferior a 250g en subcategoría A1) es necesario que por la naturaleza del dron y la posibiidad que cabe de que durante un vuelo se puedan producir impactos sobre personas, estructuras, edificios etc. es obligatorio tener contratada una póliza de seguro para que cualquier operación llevada a cabo con un dron esté cubierta por un seguro de responsabilidad civil que cubra daños a terceros de acuerdo con los artículos 11 y 127 de la Ley de Navegación Aérea.

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¿Qué necesito para poder volar un dron en España?